El gasto per cápita destinado a la población sin seguridad social (IMSS-Bienestar) continúa como el más bajo de las tres grandes instituciones, muy por debajo dEl gasto per cápita destinado a la población sin seguridad social (IMSS-Bienestar) continúa como el más bajo de las tres grandes instituciones, muy por debajo d

Salud Universal: La ruta crítica hacia la insolvencia técnica del IMSS

El pasado 22 de diciembre, la presidenta Claudia Sheinbaum y la subsecretaria de Egresos, Bertha Gómez, anunciaron la implementación de una “Cámara de Compensación” para el Sistema Universal de Salud (SUS). La premisa administrativa es seductora en su simpleza: permitir que un derechohabiente del ISSSTE o un beneficiario del IMSS-Bienestar reciba atención en el IMSS Ordinario (y viceversa), bajo un esquema de mercado interno donde las instituciones se cobran entre sí los servicios prestados. Sin embargo, en economía de la salud, la simpleza operativa suele ocultar contradicciones fiscales y jurídicas. En las condiciones económicas de este 2026, ¿qué tan factible es esta propuesta?

La conclusión técnica, basada en la evidencia financiera disponible, es ineludible: implementar una “Cámara de Compensación” en el contexto actual de restricción presupuestal y asimetría institucional no universaliza el sistema; acelera la descapitalización del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y anticipa su insolvencia actuarial.

El mito de la capacidad ociosa y la liquidez

Una “Cámara de Compensación” funciona bajo dos supuestos económicos fundamentales: que existe capacidad instalada ociosa para vender y que el comprador tiene liquidez para pagar. En el México del 2026, ninguno se cumple.

El análisis del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2026 evidencia un panorama restrictivo. Los incrementos asignados al sector salud son marginales y no cierran las brechas históricas de atención. Más grave aún es la inequidad estructural que persiste: el gasto per cápita destinado a la población sin seguridad social (IMSS-Bienestar) continúa como el más bajo de las tres grandes instituciones, muy por debajo de los recursos que reciben los derechohabientes del IMSS o del ISSSTE.

Esta asimetría rompe la lógica de mercado interno que requiere la “Cámara de Compensación”. Si el “comprador” (IMSS-Bienestar) opera con el presupuesto per cápita más bajo, carece de capacidad financiera para liquidar facturas a “costo real” emitidas por un proveedor (IMSS Ordinario) cuyos costos son mayores. En la práctica, esto obligaría al IMSS a absorber parte de estos costos, subsidiando con cuotas obrero-patronales una obligación fiscal del Estado.

El nudo jurídico: desfinanciamiento por ley

Más allá de los flujos de efectivo, existe una barrera estructural: el marco jurídico vigente. Tanto la “Cámara de Compensación” como el propio SUS son inviables sin una reforma profunda a la Ley del Seguro Social (1997) y a la Ley del ISSSTE (2007), además de la creación de una Ley propia para el IMSS-Bienestar, que hoy carece de este andamiaje.

El diseño actual de estas normativas condena a sus respectivos seguros de salud -el Seguro de Enfermedades y Maternidad (SEM) en el IMSS y el Seguro de Salud en el ISSSTE- a un desfinanciamiento crónico, mayor al que ya enfrentan. Las cifras son alarmantes: el SEM del IMSS registró un déficit operativo de 110,379 millones de pesos (mdp) en 2024, según el Informe Financiero al Ejecutivo 2024-2025; mientras que el déficit del Seguro de Salud del ISSSTE alcanzó en ese mismo año los 15,531 mdp (Informe Financiero Actuarial 2025).

Pretender montar una estructura de intercambio universal sobre cimientos legales que ya generan quiebras técnicas anuales en los sistemas contributivos es un error de cálculo monumental. Sin una reforma que sanee y garantice financiamientos sostenibles para estos seguros y para el IMSS-Bienestar, la “Cámara de Compensación” será un mecanismo para socializar la insolvencia, arrastrando al IMSS a una crisis sistémica irreversible.

El “Efecto Rebaño” y la Saturación Hospitalaria

Uno de los riesgos operativos más graves es el comportamiento de la demanda conocido como “Efecto Rebaño” (Herd Effect, Revista Contaduría y Administración/UNAM, 206). La población percibe al IMSS como la institución con mayor capacidad resolutiva (aun con sus dificultades) frente al IMSS-Bienestar.

Si se permite la libre migración de pacientes, la demanda se concentrará en el IMSS. Ante la saturación física y la falta de pago real, el Instituto inevitablemente impondrá barreras administrativas (“rechazo disfrazado”) para proteger su capacidad, haciendo que la universalidad sea solo teórica.

La universalidad es un imperativo ético, pero la viabilidad financiera es un imperativo técnico. Utilizar el ahorro histórico de los trabajadores formales para financiar la expansión de la cobertura, sin reformar las leyes que hoy ya asfixian al sistema, no es justicia social, es una apuesta riesgosa que podría comprometer la única institución de seguridad social que, con todas sus fallas, mantiene la estabilidad de México. Por ello, antes de abrir la puerta de los hospitales, es indispensable priorizar el fortalecimiento del IMSS-Bienestar y garantizar un mayor presupuesto, tanto para este organismo como para el resto de las instituciones, asegurando así una integración real y sostenible.

Oportunidad de mercado
Logo de Lagrange
Precio de Lagrange(LA)
$0.30322
$0.30322$0.30322
-0.83%
USD
Gráfico de precios en vivo de Lagrange (LA)
Aviso legal: Los artículos republicados en este sitio provienen de plataformas públicas y se ofrecen únicamente con fines informativos. No reflejan necesariamente la opinión de MEXC. Todos los derechos pertenecen a los autores originales. Si consideras que algún contenido infringe derechos de terceros, comunícate a la dirección [email protected] para solicitar su eliminación. MEXC no garantiza la exactitud, la integridad ni la actualidad del contenido y no se responsabiliza por acciones tomadas en función de la información proporcionada. El contenido no constituye asesoría financiera, legal ni profesional, ni debe interpretarse como recomendación o respaldo por parte de MEXC.